Socio/a patrocinador/a

Socio/a patrocinador/a

Las personas jurídicas que sean admitidas por la Junta Directiva tendrán el carácter de socia o socio patrocinador, abonarán una cuota especial y podrán obtener las ventajas específicas que, en cada caso, apruebe la Junta Directiva.

La categoría de socio/a patrocinador/a no implica que las personas que formen parte de dicha entidad obtengan la categoría de socias de pleno derecho, debiendo adherirse de forma individual si quisieran disfrutar de los beneficios de tal condición, siempre y cuando cumplan los requisitos exigidos.


La cuota para socios/as patrocinadores/as asciende a 200 euros anuales.

Escríbenos a gestion@bydcanarias.es para tramitar el alta.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies